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AUTÓNOMOS 2022
Deudas que puede aplazar un autónomo
Si bien ninguna deuda es recomendable para los autónomos, ya que responden con todo su patrimonio y se arriesgan a que casi cualquiera de sus propiedades terminen embargadas, los expertos ven todavía menos aconsejable un impago con la Tesorería de la Seguridad Social o con la Agencia Tributaría, ya que se suelen liquidar con más rapidez y pueden traer todavía más problemas para todas las gestiones necesarias en un negocio.
Por este motivo, la Seguridad Social recordó a principios de año que todos los autónomos con deudas pueden solicitar un aplazamiento de hasta cinco años, siempre que reúnan una serie de condiciones.
Ahora bien, tal y como explica la Tesorería no todas las deudas que puede tener un autónomo con la Seguridad Social son aplazables.
Qué deudas pueden aplazar los autónomos con la Seguridad Social y cuáles no
Las deudas más habituales que tienen los autónomos con la Seguridad Social suelen venir o bien por sus cuotas o bien por las cotizaciones sociales de los trabajadores que tienen a su cargo.
Principalmente, las deudas que no pueden aplazar los autónomos son las que hayan generado por el impago de las obligaciones de cotización de los trabajadores que tienen a su cargo. Es decir, la deuda inaplazable que más afecta al colectivo es la que viene por no haber pagado las aportaciones por sus trabajadores, que el empresario está obligado a abonar todos los meses a la Tesorería.
En principio, todas las demás, serían aplazables. Es decir, las deudas que provengan del impago de la cuota de autónomos, incluidos los recargos e intereses que se hayan generado por este impago o, por ejemplo, la devolución de una prestación que hubiera cobrado pero no le correspondiera al trabajador por cuenta propia, serían aplazables.
Siempre, eso sí, que se cumplan los demás requisitos.
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